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06/12/2017

Aprueba Senado 'Ley Fintech'

Redacción

CNBV autorizará organización y operación de las ITF


 

El pleno del Senado aprobó con modificaciones la iniciativa enviada por el presidente de la República la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, a fin de regular la prestación de servicios financieros ofrecidos o realizados por innovaciones tecnológicas.

La conocida como “Ley Fintech” incluye 38 modificaciones, fue aprobada por 102 votos a favor y ninguno en contra, y el dictamen fue turnado a la Cámara de Diputados para su análisis y eventual aprobación.

En la Ley aprobada se plantea incrementar el nivel de inclusión financiera en todo el país, promover la competencia y dotar de certidumbre jurídica a los participantes del sector, contribuyendo a la mejora del sistema financiero nacional.

Además, prevé el reconocimiento de dos tipos de instituciones de tecnología financiera (ITF), las de financiamiento colectivo y las instituciones de fondos de pago electrónico. 

Se faculta a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) para otorgar autorizaciones para la organización, operación y funcionamiento de las ITF.

Se integrará un comité interinstitucional por servidores públicos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), del Banco de México (Banxico) y la CNBV. 

También se considera la prevención y mitigación del riesgo de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, mediante el establecimiento del marco regulatorio aceptado y probado internacionalmente, para la identificación del cliente.

Se penaliza la disposición indebida de fondos de pago electrónicos o activos virtuales, previstos en la Ley de Instituciones de Crédito.

Señala que Instituciones de Tecnología Financiera podrán constituir depósitos en entidades financieras autorizadas para recibirlos, y será facultad del Banxico prever situaciones relacionadas con la transformación o modificación de características de los activos virtuales.

Se precisa que los datos transaccionales personales son de los clientes y solo se puede disponer de ellos previo consentimiento.

La autoridad tendrá como facultad establecer las condiciones para la interrupción del flujo de información  en los casos que lo amerite.

La nueva ley estipula que el uso de medios electrónicos o de cualquier otra tecnología se puede pactar con el cliente a través de contrato cuya firma pueda ser autógrafa o electrónica, indistintamente, y que dichos servicios sean menos costosos y más eficientes que los que ofrece la banca tradicional.

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