La
Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados
(Canirac) de México obtuvo un amparo para suspender por tiempo indefinido el
decreto de reforma a la Ley General para el Control del Tabaco, que entró en
vigor en enero pasado.
Sin
embargo, con el amparo que obtuvo la Canirac, que representa a 600 mil
establecimientos a nivel nacional, se suspenden algunas medidas pactadas en la
Ley General para el Control del Tabaco, al asegurar que la industria
restaurantera ya cumplía con normas que resguardan “el derecho al libre
desarrollo de la personalidad de las personas fumadoras”.
¿Qué gana la Canirac y sus afiliados con el
amparo contra la Ley General para el Control del Tabaco?
Con el
amparo obtenido por la Canirac, el pasado 13 de julio, el Gobierno ya no podrá
imponer multas desde 60 mil y hasta medio millón de pesos, clausurar o cancelar
la licencia sanitaria a los establecimientos que permiten a sus clientes fumar
en sus instalaciones.
La
cámara precisó que la suspensión de la reforma al reglamento aplica para todos aquellos
restaurantes afiliados a la Cámara, que demuestren su afiliación y cuenten con
licencia de funcionamiento vigente que cumpla con el Reglamento de la Ley
General para el Control de Tabaco previo a la Reforma.
¿Qué
prohíbe la Ley General para el Control del Tabaco?
La ley
aprobada en enero pasado prohíbe a los comercios la exhibición directa o
indirecta de los productos derivados del tabaco, por lo que ahora las tiendas deberán
ocultarlos de la vista pública, y tener una lista de nombres y precios en los
que informen a las personas que quieran comprar estos productos.
A las
tabacaleras se les impide hacer publicidad de cualquier tipo, vender en el e-commerce, hacer patrocinios y difundir
sus actividades de responsabilidad social.
El
reglamento prohíbe fumar en espacios públicos 100 por ciento libres de humo y
en otros lugares de concurrencia colectiva, como estadios, plazas, parques,
playas, escuelas, centros de trabajo y hasta hoteles.
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