El
bloque opositor de la Cámara de Diputados evitó que pasara la reforma eléctrica
de Andrés Manuel López Obrador, primera vez que se da un revés a una iniciativa
respaldada por Morena y sus aliados
Con 275
votos a favor de Morena y sus aliados, pero con 223 votos en contra de los
legisladores del PAN, PRI, PRD y MC, y cero abstenciones, la reforma eléctrica
del presidente no obtuvo mayoría calificada por lo que fue desechada, pues se requerían
332 votos para que fuera aprobada.
Ayer
domingo, durante 13 horas, los legisladores discutieron la iniciativa enviada
por López Obrador para reformar los artículos 4, 25, 27 y 28 de la Constitución
Política de México, en materia de energía y de acceso a la energía eléctrica.
Poco
después de las 23 horas, los diputados dieron por suficientemente discutida la
iniciativa y votaron en lo general y particular los artículos no reservados.
El
presidente Andrés Manuel López Obrador, previo a la votación, reiteró en sus
redes sociales que, aunque no pasara su propuesta de reforma eléctrica, el
litio será protegido debido a la ley minera que ya mandó a la Cámara de
Diputados.
El dictamen
rechazado de la reforma eléctrica buscaba la hegemonía de la Comisión Federal
de Electricidad (CFE) al darle 54 por ciento del mercado nacional en la
generación del consumo eléctrico, y 46 por ciento, a la iniciativa privada.
Esta era una de las principales críticas de la oposición al señalar que le
otorgaban poder al titular de este organismo: Manuel Bartlett.
La iniciativa
modificaba los artículos 4, 25, 27 y 28 de la Constitución y agregaba
transitorios para establecer que los permisos de generación eléctrica otorgados
y los contratos de compraventa de electricidad como el sector privado, serían
cancelados, así como las solicitudes pendientes de resolución.
Señalaba
que la generación eléctrica del sector privado, se sujetaría a la planeación y
al control de la CFE. También reconocía los contratos de generación distribuida
existentes y se mantenían las condiciones vigentes para nuevos contratos hasta
0.5 MW.
En
tanto, para los ayuntamientos y organizaciones del sector social sin fines de
lucro, se hacía una excepción en dicho límite, pues podrían celebrar contratos
para el autoconsumo con la generación distribuida, hasta por 1 MW cumpliendo
los requisitos que establezca la CFE.
Además,
incluía una modificación al artículo 4 para establecer que toda persona podrá
acceder al uso y suministro de energía eléctrica suficiente y asequible como
“condición previa par al goce de los derechos humanos que establece esta Constitución”.
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