Hoy miércoles
1 de septiembre entra en vigor la reforma que prohíbe la outsourcing o subcontratación en México, solo se permite que las
empresas contraten de servicios especializados que, por supuesto, no son parte
de su operación básica.
Con la
reforma, en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) se abrió el Registro
de Empresas y Servicios Especializados (Repse) y hasta la semana pasada estaban
inscritas 60 mil compañías de servicios especializados que concluyeron el
trámite, y otras 60 mil están en proceso.
La figura
de subcontratación u outsourcing es
un esquema laboral bajo el cual una empresa terceriza el servicio de
contratación, es decir que se trabaja para determinada empresa pero el contrato
lo firma otra.
Estos
son los principales puntos sobre las nuevas medidas sobre la subcontratación
que fueron aprobadas en abril pasado por el Senado y publicado en el Diario
Oficial de la Federación.
+
Fueron reformadas ocho leyes: Ley Federal del Trabajo, Ley del Seguro Social,
Ley del Infonavit, el Código Fiscal de la Federación, la Ley del ISR, la Ley
del IVA, la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, así como la
Ley Reglamentaria. Pero, la mayoría de los cambios se concentraron en la ley
laboral.
+. El objetivo
de la reforma recae en la prohibición de la subcontratación de personal, pero
permite la subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras
especializadas que no formen parte del objeto social ni de la actividad
económica preponderante.
+. La
subcontratación de servicios especializados u obras especializadas es posible y
cuando las empresas contratistas estén registradas en el padrón público que está
cargo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS). El registro es
público está disponible para su consulta en internet, y deberá renovarse cada
tres años.
+ Habrá
sanciones más severas para el outsourcing
ilegal: se equipara a defraudación fiscal. Por ello se fijaron multas de
173 mil a cuatro millones de pesos a quienes incumplan con las nuevas
disposiciones; además está prohibida la deducción de impuestos.
+ La
subcontratación deberá formalizarse mediante contrato por escrito donde se
señale el objeto de los servicios u obras a ejecutar.
+ En el
Gobierno federal tampoco existirá la subcontratación de personal, por lo que regularizó
la situación laboral de los trabajadores que estaban subcontratados.
+ El Registro
de Empresas y Servicios Especializados (Repse) seguirá abierto, pero quienes
contraten a una empresa de servicios especializados que no esté en este padrón,
no podrá deducirlo de impuestos.
+ La Unidad
de Trabajo Digno de la STPS, por medio de la Dirección General de Inspección
Federal del Trabajo, tiene la facultad para cancelar el registro en el Repse si
identifica una empresa está ofrezca un servicio no reportado en el padrón; que
las acciones sean parte del objeto social o actividad económica preponderante
de la beneficiaria, o cuando se detecten adeudos en sus obligaciones fiscales o
de seguridad social de los trabajadores.
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