Inicio | Quiénes somos | Mapa del sitio | Recomienda el sitio | Contacto
 
 
Tu página de Inicio
Núm. de Edición: 0

 
Puebla, Pue., México
 
 
 
 
 
   
  29 de Marzo   
   
 
Búsqueda general:
 
 
 
 
 
Ver más Notas » Imprimir Nota
12/04/2019

Aprobada reforma laboral: Libertad sindical y centros de conciliación

Redacción/SLE

Se modifican cinco leyes: en justicia laboral, libertad sindical y negociación colectiva


El pleno de la Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular, la reforma en materia de justicia laboral, cuyo dictamen lo turnó al Senado de la República para su discusión y eventual aprobación.

Pasadas cerca de las 10 de la noche, los diputados votaron 258 a favor, 67 en contra y 18 abstenciones, una vez discutidas 104 propuestas de modificación en lo particular que hicieron 50 legisladores.

El proyecto de decreto de la nueva legislación laboral modifica cinco leyes: en materia de justicia laboral, libertad sindical y negociación colectiva, que son la Ley Federal del Trabajo, Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, Ley Federal de Defensoría Pública, Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) y la Ley del Seguro Social (IMSS).

En la Ley Federal del Trabajo (LFT) se reforman 535 artículos de los mil 110 artículos y 28 Transitorios que la integran actualmente, con lo cual se pretende responder a los compromisos contraídos por México en el Capítulo Laboral del T-MEC, que pide representatividad de trabajadores en la negociación colectiva y la ratificación del Convenio 98 de la OIT.

Se modificaron los ordenamientos legales para adecuarlos a la reforma constitucional publicada el 24 febrero de 2017, y a los tratados internacionales suscritos, para ampliar y protegen los derechos humanos de los trabajadores.

La iniciativa de reformas surgió de 14 iniciativas presentadas por diputados federales y una senadora, entre septiembre de 2018 y abril de 2019. Cuatro fueron de Morena, dos del PAN, dos del PRI (una la senadora Sylvia Beltrones Sánchez), tres del PES, dos del PT y una de MC.

Con ocho modificaciones generales al dictamen, y con propuestas retomadas de las audiencias públicas en el nuevo sistema del Parlamento Abierto, la propuesta quedó aprobada.

Algunos de los cambios aprobados son:

La reforma al artículo 848 de la LFT para que las resoluciones de los tribunales sí puedan admitir recursos de reconsideración.

Se debe garantizar que siempre se tendrá el irrenunciable derecho a defenderse de una resolución dictada por la autoridad laboral.

Los trabajadores pueden presentar por escrito su voluntad para que no se le aplique la cuota sindical y el patrón no pueda descontarlo, del artículo 110, fracción sexta de la LFT.

Se modifica artículo 343 E de la LFT y se adiciona una fracción que imponga la obligación de pagar una multa, por las omisiones que ocasionen la muerte de uno o varios trabajadores.

Se adiciona al artículo 395 de la LFT que la sanción sindical impuesta al trabajador no afecte su permanecía en el empleo o sus condiciones de trabajo .

La nueva ley establece la desaparición de las juntas de conciliación y arbitraje que dependen de los Poderes Ejecutivos federal y estatales, para crear los tribunales laborales que formarán parte de los Poderes Judicial federal y estatales, respectivamente.

Se crea el Fondo del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral para atender lo relativo a los contratos colectivos y asociaciones sindicales.

Se fortalece la democracia sindical con los ejes de rendición de cuentas y transparencia.

Se establece el proceso de selección de líderes sindicales sujetos al voto personal, libre, directo y secreto.

Se incluyen garantías al trabajador desde lo individual para hacer valer sus derechos laborales y de esta manera nadie puede ser sujeto a represalias ni ser obligado a formar o no, parte de un sindicato, federación o confederación.

Se eliminan brechas por género, violencia e inequidad salarial y se atiende y regula el régimen de los trabajadores del hogar.

En lo colectivo, el dictamen instaura mecanismos para la verificación y declaración de representatividad en los sindicatos: “lo que frenará la existencia de sindicatos blancos y contratos colectivos de protección, así como sindicatos extorsionadores”.

Ver más Notas » Imprimir Nota


 
 
contacto@balance-financiero.com
Inicio | Quiénes somos | Mapa del sitio | Recomienda el sitio | Contacto
Notas del día | Colaboraciones académicos | Industria | Tecnología | Economía | Comercio | Columnas | Empresas | Directorio | Ligas de Interés
http://agilsoluciones.com