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02/10/2017

Beneficios fiscales por sismo a contribuyentes de 6 estados

Socorro López Espinosa

Diferirá pago de impuesto y deducirá de inversiones en bienes nuevos


La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicó este lunes en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las medidas fiscales para apoyar a las poblaciones afectadas por el sismo del 19 de septiembre; sin embargo, no incluyó a la ciudad de Puebla, y sí a más de 100 municipios declarados zona de emergencia.

La dependencia menciona a los estados de Puebla, Tlaxcala, Guerrero, Morelos, México y Oaxaca, beneficiarios fiscales, y de estos a los municipios afectados, está excluida la Ciudad de México..

Así que en Puebla explica que la medida se aplicará en la lista de 112 municipios del estado de Puebla, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de septiembre de 2017, excepto en los municipios de Cuautlancingo, Puebla, San Andrés Cholula, San Martín Texmelucan y San Miguel Xoxtla.

En Tlaxcala se enlistan los 40 municipios de la entidad, excepto los municipios de Apizaco, Papalotla de Xicohténcatl, Tlaxcala y Xicohtzinco.

En Oaxaca  el beneficios fiscales para los 74 municipios declarados como desastre natural por el terremoto ocurrido el 19 de septiembre.

Para Morelos se incluyen 33 municipios, excepto Cuernava y Jiutpec, y en el estado de México el apoyo fiscal se aplicará en 12 municipios afectados por el sismo.

Aunque aclara que en el caso concreto de la vivienda que es pérdida total por el sismo en los municipios de Cuautlancingo, Puebla, San Andrés Cholula, San Martín Texmelucan y San Miguel Xoxtla del estado de Puebla, las personas se les eximirá “del pago del impuesto sobre la renta por los ingresos derivados de la enajenación de terrenos en donde dichas casas habitación se encontraban ubicadas, siempre que el monto de la contraprestación obtenida por la enajenación no exceda de setecientas mil unidades de inversión y se cuente con el documento oficial emitido por autoridad competente que sustente la pérdida total de la construcción”.

Mientras tanto, de las diferentes medidas que anunció la dependencia destaca el diferimiento del pago de impuestos, así como la deducción de forma inmediata de inversiones en bienes nuevos en las zonas afectadas. 

La dependencia eximió a las personas morales la obligación de efectuar pagos provisionales del ISR correspondientes a septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2017, siempre que se encuentren en las zonas afectadas.

A las personas físicas les difirió la obligación de presentar declaraciones correspondientes al quinto y sexto bimestres del ejercicio fiscal de 2017, debiendo presentarla a más tardar en enero de 2018.

"Siempre que dichos ingresos correspondan a su domicilio fiscal, agencia, sucursal o cualquier otro establecimiento, que se encuentre ubicado en dichas zonas afectadas", señaló Hacienda en el DOF.

Adicionalmente, la dependencia federal otorgará un estímulo fiscal a los contribuyentes que tengan su domicilio fiscal, agencia, sucursal o cualquier establecimiento en las zonas afectadas que consiste en deducir de forma inmediata las inversiones en bienes nuevos de activos fijos que se realicen en las zonas afectadas del 19 de septiembre, al 31 de marzo de 2018, aplicando una tasa de 100 por ciento sobre el monto original de la inversión.

"Lo dispuesto en el presente artículo no será aplicable cuando se trate de mobiliario y equipo de oficina, automóviles, equipo de blindaje de automóviles o cualquier bien de activo fijo no identificable individualmente ni tratándose de aviones distintos de los dedicados a la aerofumigación agrícola", detalla el documento.

Un beneficio más anunciado por Hacienda es que los contribuyentes que efectúen pagos por ingresos por salarios, excepto los asimilados a salarios, podrán enterar las retenciones de ISR de sus trabajadores de septiembre a diciembre de 2017 en tres parcialidades iguales.

De igual forma, los contribuyentes podrán enterar en tres parcialidades iguales el pago definitivo de IVA y el IEPS de los meses de septiembre a diciembre de 2017.

Además, las solicitudes de devolución del IVA presentadas antes del 16 de octubre de 2017 se tramitarán en un máximo de 10 días hábiles.

Diferentes beneficios para CDMX

El secretario de Hacienda y Crédito Público (SHCP), José Antonio Meade, dijo que la dependencia y el gobierno de la Ciudad de México diseñan en conjunto un paquete de estímulos fiscales para la capital del país.

El funcionario indicó que se trabaja con la Ciudad de México para identificar cuáles son los estímulos más pertinentes a aplicar, pues en el caso de Guerrero, México, Morelos, Oaxaca, Puebla y Tlaxcala, los estímulos son para generar un espacio de crédito en afectaciones que han tendido a ser más generales.

 

Si desea consultar las medidas fiscales en favor de los municipios afectados por el sismo ingrese a: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5499539&fecha=02/10/2017

 

Para consultar cuáles son los 112 del estado de Puebla afectados por el terremoto del 19 de septiembre puede ingresar a: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5498680&fecha=27/09/2017

 

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