El Senado
de la República aprobó la reforma constitucional en materia de justicia laboral que desaparece las Juntas
de Conciliación y Arbitraje, establece el voto secreto para elegir dirigentes
sindicales, y deberá acreditarse la presentación de trabajadores para emplazar
a huelga por firma de contrato.
El pleno del Senado aprobó, con 99
votos a favor y cero en contra, modificar y adicionar los artículos 107 y 123
de la Constitución, que en la práctica implica
una nueva forma de llevar las relaciones entre empresarios, sindicatos y
trabajadores respecto de la justicia
laboral.
Se modifica la fracción XVIII del
Artículo 123 constitucional, la cual ahora establece que los sindicatos deben
acreditar que tienen la representación de los trabajadores si quieren emplazar
a huelga por la firma del contrato
Colectivo de Trabajo (CCT).
Además, al desaparecer las Juntas
Locales de Conciliación y Arbitraje los juicios laborales se trasladan a los
juzgados del Poder Judicial de la federación y de las entidades federativas, y
se crea un organismo descentralizado conciliatorio que atenderá las diferencias
entre los trabajadores y patrones.
Finalmente en la fracción XXII BIS en
el Artículo 107 constitucional se incorpora que el voto de los trabajadores
será personal, libre y secreto para elegir a sus dirigentes sindicales.
El dictamen aprobado por los senadores
fue turnado a la Cámara de Diputados para su análisis y, en su caso,
aprobación.
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