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22/10/2019

Así serán los cambios en etiquetas de alimentos y bebidas

Redacción

Refrescos calificados 'nocivos' para los niños


Los senadores aprobaron en el Pleno este martes modificaciones a la Ley General de Salud, las cuales implican que cambiarán las etiquetas de los productos, como refrescos, alimentos empacados o enlatados, botanas, entre otros.

El dictamen sobre la ley para etiquetados fue aprobado en la Cámara de Diputados el pasado 1 de octubre, de ahí pasó al Senado.

El 22 de octubre, en el Pleno los senadores discutieron el dictamen sin que realizaran cambios, lo aprobaron y lo enviaron al Ejecutivo para su publicación y posterior entrada en vigor.

El documento surgió de ocho iniciativas presentadas, entre el 6 de febrero y el 26 de junio de este año, por diputados de Morena, Partido Revolucionario Institucional (PRI), Movimiento Ciudadano (MC), Partido Encuentro Social (PES) y Partido Verde Ecologista de México (PVEM).

El 25 de septiembre, la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) respaldó las medidas propuestas en México, e indicó que, a diferencia del aumento de impuestos a productos de alto contenido calórico, el etiquetado frontal sí tenía un impacto comprobado en los hábitos de consumo.

En tanto, la directora del Consejo Mexicano de la Industria de Productos de Consumo (ConMéxico), Lorena Cerdán, señaló el 29 de septiembre que al sector le costaría una inversión de 5 mil millones de pesos más inflación el etiquetado nutrimental.

En qué consisten los cambios al etiquetado

+ Las etiquetas de los productos envasados contendrán avisos y advertencias nuevas sobre la composición nutricional de estos, como el contenido energético, sodio, azúcares o grasas saturadas, y especificarán cuando los productos cuenten con cantidades superiores a las establecidas por la Secretaría de Salud.

+ Estas características aparecerán destacadas con un símbolo octagonal en la parte frontal del producto. El símbolo tendrá fondo color negro con borde blanco, y en su interior la leyenda "alto en", seguido del contenido que corresponda (grasas saturadas, sodio, azúcares o calorías).

+ El texto deberá estar escrito en letras mayúsculas con color blanco. En el mismo símbolo aparecerá la leyenda: "Secretaría de Salud".

+ Las etiquetas para alimentos y bebidas no alcohólicas incluirán el valor nutricional "de forma directa, sencilla, visible y de fácil comprensión", el contenido energético, grasas saturadas, otras grasas, azúcares totales o sodio de los productos.

+ Deberá definirse en el etiquetado la inclusión de nutrimentos críticos; estos se definen como "aquellos componentes de la alimentación que pueden ser un factor de riesgo de las enfermedades crónicas no transmisibles, y serán determinados por la Secretaría de Salud".

+ En los alimentos o bebidas endulzantes o azucaradas el etiquetado incluirá una leyenda que advierta sobre el posible riesgo de enfermedades que pueda causar:

"El consumo excesivo de alimentos o bebidas endulzantes o azucaradas aumenta el riesgo de enfermedades graves como diabetes, obesidad, cáncer, enfermedades cardiovasculares, mala salud bucal, entre otras, afectando severamente la salud o provocando la muerte de las personas sin importar edad o género".

+ La Secretaría de Salud podrá incluir leyendas o pictografías cuando lo considere necesario.

+ El etiquetado frontal será independiente de la tabla de ingredientes e información nutricional habitual de los productos. Esto para generar un impacto visual real.

+ Los productos deberán indicar si son alimentos genéticamente modificados.

+ Las etiquetas utilizadas para la comercialización y promoción de alimentos o bebidas, las cuales sean nocivas para la salud, no podrán incluir la imagen de niñas o niños, ni contener estereotipos físicos "que provoquen confusión o falsas expectativas en los consumidores".

+ Los productos nocivos para niños no podrán estar en espacios al alcance de los menores para su comercialización

+ La Secretaría de Salud expedirá un reglamento que regule las zonas dentro de establecimientos comerciales donde estos podrán ser colocados.

+ Los refrescos, incluso los dietéticos, así como los que son bajos en calorías o en azúcares, serán considerados como nocivos. Por lo tanto, estos refrescos contendrán la leyenda: "el abuso en el consumo de este producto es nocivo para la salud".

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