El
Instituto Mexicano del Seguro Social puso en operación la prueba piloto para
afiliar a las personas trabajadores del hogar en todo el país, ya sea que
tengan un patrón o varios.
En el Diario
Oficial de la Federación (DOF), el pasado viernes 29 de marzo, se publicaron
las reglas de operación del programa piloto para afiliar al régimen obligatorio
del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), que determina que los patrones
podrán optar, en esta prueba piloto, por afiliar a las personas trabajadoras
del hogar, ya sea de forma personal en la subdelegación más cercana a su
domicilio o por internet.
Con el
pago de la cuota, los trabajadores tendrán acceso a los seguros de enfermedades
y maternidad; de riesgos de trabajo; de invalidez y vida; de retiro, cesantía
en edad avanzada y vejez, así como de guarderías y prestaciones sociales.
Se
deberán cubrir las cuotas de pago por mes anticipado, conforme al salario base
de cotización mensual y los días laborados con cada patrón.
Para
poder inscribirse a la prueba piloto se debe contar con el nombre completo del
trabajador, domicilio, Número de Seguridad Social, salario mensual y Clave
única de Registro de Población (CURP). Asimismo, se debe contar con el nombre
completo, domicilio y de manera opcional la CURP del patrón o de todos los
patrones, cuando el trabajador labore en más de un lugar.
En caso
de no contar con su Número de Seguridad Social (NSS), las personas trabajadoras
del hogar pueden tramitarlo en la página de Internet del Instituto (www.imss.gob.mx),
mediante la aplicación móvil IMSS Digital o en la Subdelegación que corresponda
a su domicilio.
Si son trabajadores
del hogar que laboren exclusivamente para un patrón durante todo el mes (ya sea
de planta, es decir que habiten en la misma casa que el patrón, o de entrada
por salida), éste deberá cubrir la totalidad de las cuotas obrero patronales
correspondientes al periodo.
En caso
de que el trabajador labore con más de un patrón, cada uno de ellos deberá
cubrir el monto correspondiente a las cuotas obrero-patronales proporcionales a
los días que el trabajador labore con él.
Para
realizar el pago de las cuotas, tendrá como fecha límite hasta el día 20 del
mes calendario, a efecto de iniciar la cobertura del aseguramiento el primer
día calendario del mes inmediato siguiente al pago.
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