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26/12/2018

Publica DOF salarios mínimos para dos zonas geográficas

Redacción /SLE

Estarán vigentes a partir del 1 de enero de 2019


La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos publicó la resolución del Consejo de Representantes de esta Comisión que fija los salarios mínimos general y profesionales vigentes a partir del 1 de enero de 2019, para dos áreas geográficas

En la edición matutina del Diario Oficial de la Federación (DOF), explicó que el área geográfica de la Zona Libre de la Frontera Norte tendrá un solo salario mínimo general de 176.72 pesos diarios, en tanto que la segunda área tendrá un salario mínimo general de 102.68 pesos, pero habrá diferencia en cuanto a las profesiones u oficios en esta segunda área.

La Zona Libre de la Frontera Norte está integrada por los siguientes municipios: Ensenada, Playas de Rosarito, Mexicali, Tecate y Tijuana, en el estado de Baja California; San Luis Río Colorado, Puerto Peñasco, General Plutarco Elías Calles, Caborca, Altar, Sáric, Nogales, Santa Cruz, Cananea, Naco y Agua Prieta, en el estado de Sonora.

Además los municipios de Janos, Ascensión, Juárez, Práxedis G. Guerrero, Guadalupe, Coyame del Sotol, Ojinaga y Manuel Benavides, en el estado de Chihuahua; Ocampo, Acuña, Zaragoza, Jiménez, Piedras Negras, Nava, Guerrero e Hidalgo, en el estado de Coahuila de Zaragoza; Anáhuac, en el estado de Nuevo León; y Nuevo Laredo, Guerrero, Mier, Miguel Alemán, Camargo, Gustavo Díaz Ordaz, Reynosa, Río Bravo, Valle Hermoso y Matamoros, en el estado de Tamaulipas.

Mientras que la segunda área de Salarios Mínimos Generales, está integrada por el resto de los municipios del país y las demarcaciones territoriales (alcaldías) de la Ciudad de México que conforman la República Mexicana.

En ese sentido para las 57 profesiones u oficios para la Zona libre de la Frontera Norte será igual  el salario mínimo general que se pagará de 176.72 pesos por jornada diaria de trabajo.

Para la segunda zona geográfica o reto del país el salario mínimo general será de 102.68 pesos diarios; pero se parte de salarios mínimos diferenciados según la profesión u oficio. Por ejemplo, un dependiente de mostrador de farmacia o botica obtendrá un mínimo de 104.99 pesos al día, mientras que un costurero (a) en talleres o fábricas de ropa ganará 106.89 pesos, y el salario mínimo más alto es el que percibirá un técnico en trabajo social de 136.48 pesos por jornada diaria.

Para consultar la resolución y la tabla de salarios mínimos para las dos zonas geográficas ingrese a:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5547224&fecha=26/12/2018

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