Inicio | Quiénes somos | Mapa del sitio | Recomienda el sitio | Contacto
 
 
Tu página de Inicio
Núm. de Edición: 0

 
Puebla, Pue., México
 
 
 
 
 
   
  25 de Abril   
   
 
Búsqueda general:
 
 
 
 
 
Ver más Artículos » Imprimir Artículo
04/04/2018

SAT empieza a devolver impuestos

Redacción

El 30 de abril termina plazo para declaración anual de personas físicas


El Servicio de Administración Tributaria (SAT) inició la devolución de impuestos por 481.56 millones de pesos a 105 mil contribuyentes que hicieron su declaración fiscal la semana pasada.

El plazo para hacer la declaración de impuestos por parte de personas físicas vence este 30 de abril, y pueden hacerla vía electrónica; además para la Declaración Anual se utiliza directamente la información vertida en las facturas, a diferencia de otros años, que se obtenía de las declaraciones informativas de terceros y de las declaraciones mensuales.

Como parte de las novedades para este año comentó que, para los asalariados, se creó el aplicativo “Visor” con el cual podrán consultar los recibos de nómina que su patrón o retenedor les emitió durante el ejercicio 2017, para hacer más fácil la devolución automática se aplican validaciones en la declaración que anteriormente se hacían en forma manual y se incorporó al aplicativo el campo “consulta de devolución”, donde se puede consultar el estatus de la devolución y los motivos de rechazo.

La aplicación “consulta de devolución” está activada desde la semana pasada y las primeras devoluciones se depositaron este 3 de abril, por un monto de 481.56 millones de pesos, a 105 mil contribuyentes que declararon y tuvieron saldo a favor.

Las personas físicas obligadas a presentar declaración, son aquellos que prestan servicios profesionales, realizan actividades empresariales, arrendamiento, intereses, asalariados con dos o más patrones o con otra actividad, entre otros.

Además, los asalariados que solo tengan un patrón no están obligados a declarar, pero si tienen deducciones personales que pueden resultar en un saldo a favor, pueden presentar su declaración en cualquier momento del año.

Presentar la declaración es fácil y rápido, puede hacerse por internet en sat.gob.mx y a través de SAT Móvil, solo con la Contraseña y únicamente en el caso que se obtenga saldo favor mayor a 50 mil pesos o si se va a modificar la cuenta clabe, se deberá enviar con la e-firma.

Para facilitar el cumplimiento de esta obligación, gracias a la información que provee la factura electrónica, el SAT pone a disposición de los contribuyentes una propuesta de declaración por lo que solo se tiene que revisar, aceptar y enviar.

Es importante precisar que, las deducciones personales y el estímulo, que pueden llevar a obtener un saldo a favor, ya están pre llenados en la declaración y corresponden a los gastos hechos el año pasado por los contribuyentes, siempre que se haya pedido factura y se hayan pagado con tarjeta o transacciones electrónicas.

Ver más Artículos » Imprimir Artículo


 
 
contacto@balance-financiero.com
Inicio | Quiénes somos | Mapa del sitio | Recomienda el sitio | Contacto
Notas del día | Colaboraciones académicos | Industria | Tecnología | Economía | Comercio | Columnas | Empresas | Directorio | Ligas de Interés
http://agilsoluciones.com