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27/02/2017

No bajará salario si se enferma el trabajador: STPS-IMSS

Redacción

Se actualizó lista de enfermedades y pago de incapacidad permanente


La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) aclararon que es falso que se vaya a reducir 50 por ciento el salario de los trabajadores cuando se enfermen por causa laboral, y que la tabla de enfermedades se haya suprimido de la Ley Federal del Trabajo (LFT).

El pasado martes 21 de febrero de 2017, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó un dictamen por el que se reforman los artículos 513, 515, y se adiciona un artículo 515 bis a la LFT en materia de Tablas de Enfermedades de Trabajo y Valuación de Incapacidades Permanentes.

El dictamen aprobado tiene el objetivo de actualizar las tablas contempladas en la propia LFT, esto permitirá que, una vez aprobada la reforma por el Senado, las tablas puedan ser modificadas por el Ejecutivo a partir de recomendaciones de un grupo tripartito de expertos denominado Comisión Consultiva Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Sin embargo, durante la discusión del dictamen, la diputada Araceli Damián de Morena dijo: "se permitirá que los empresarios formen parte de quienes hacen el listado para que sus propios trabajadores reciban o no incapacidad del trabajo, son juez y parte. Y les están robando a los trabajadores su derecho de tener al 100 por ciento su salario, porque sólo recibirán el 50 por ciento, de ese tamaño estamos hablando”.

Eso no fue así. Los diputados no quitaron ni agregaron algo adicional a las tablas, tampoco las suprimieron, la reforma fue para actualizarlas, no obstante, diversos medios de comunicación tomaron los comentarios de la legisladora como si hubiera sido lo aprobado en el dictamen, lo que ha derivado en una confusión por parte de lectores.

Al respecto, el IMSS respondió: "Cabe aclarar que contrario a lo señalado en algunos medios de comunicación, resulta falso que el dictamen aprobado implique una reducción en el pago de prestaciones económicas derivadas de riesgos de trabajo. Esto es así toda vez que no se modificaron ni el Art. 491 de la Ley Federal del Trabajo ni el Art. 58 de la Ley del Seguro Social, donde se establecen dichos montos.

Y esto dijo STPS: "Es falso quien pueda decir que la nueva tabla de enfermedades sesgó derecho alguno de los trabajadores, y que los primeros que hubieran salido al paso son los trabajadores. Esto beneficia a los trabajadores toda vez que permitirá que las tablas se actualicen conforme a los avances en el campo médico y se puedan incluir aquellos padecimientos efectivamente relacionados con el ejercicio laboral de una manera más precisa".

¿Entonces, a qué se refería la diputada Damián al mencionar el 50 por ciento?

Ella se refería a la Tabla de Valuación de Incapacidades Permanentes, cuando lamentablemente un trabajador se accidenta y tiene una pérdida orgánica (un dedo, una pierna, una mano), pérdida de movilidad de una parte del cuerpo, secuelas de fracturas o incluso que por estrés el trabajador sufrió una parálisis, los médicos del IMSS utilizan la tabla de valuaciones para determinar cuánto se le va a pagar al trabajador de incapacidad permanente producto de trabajo.

Por ejemplo, en la tabla vigente, la pérdida de los 4 dedos de la mano conservando el pulgar, está valuada en 50 por ciento, este porcentaje no quiere decir que me van a descontar de mi sueldo dinero, es más bien que eso es lo que se le debe pagar al trabajador por incapacidad, todo siempre sobre el monto del sueldo.

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