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15/02/2017

Solo 60 sindicatos cumplen con rendir cuentas

Redacción

Instan a STPS que haga cumplir con la ley a sindicatos


Los sindicatos deben trasparentar información sobre el uso de recursos públicos conforme lo establece la Ley de Transparencia y dar cumplimiento a la sentencia emitida por el Juzgado Octavo en materia Administrativa del Distrito Federal.

El senador Luis Humberto Fernández, mediante un punto de acuerdo, convocó a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, así como al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) a que cumplan con las obligaciones en materia de transparencia a que están sujetos los sindicatos en el país.

Son 140 sindicatos sujetos a cumplir con las obligaciones de transparencia, de los cuales, hasta diciembre de 2016, únicamente 60 habían iniciado su capacitación para cumplir con la obligatoriedad. 

Lo anterior también es a raíz de la sentencia dictada por el Juzgado Octavo en Materia Administrativa del Distrito Federal con número de folio 1666/2016 a favor de un particular y en contra del Sindicato Nacional de los Trabajadores de la Educación (SNTE), lo que marca un precedente histórico en materia de transparencia sindical y rendición de cuentas, expresó el Senador Fernández Fuentes.

“El hecho representa un avance para hacer accesible el derecho a la información y rendición de cuentas para todos los ciudadanos y para los agremiados de cada organización sindical”.

La Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en su Primer artículo establece que para garantizar el derecho de acceso a la información pública toda autoridad, entidad, órgano, organismo, partido u organismo de los tres poderes de la Unión que reciba y ejerza recursos públicos federales o realice actos de autoridad, incluidos los Sindicatos, se encuentran obligados a transparentar y permitir el acceso a la información.

Además, contempla sanciones para los sujetos que no cumplan con las obligaciones de transparencia, las cuales consisten en amonestaciones y multas que van de 150 días a mil 500 días de salario mínimo o UMA, adicionalmente se pueden aplicar multas de hasta 50 días de salario mínimo o UMA a quienes persistan en el incumplimiento.

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