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Opinar para construir

Luis G. Inman Peraldi



¡El cliente no paga!

24/10/2017

La piedra en el zapato de cualquier empresario es el poder cobrar el valor del bien o servicio que ya fue entregado, a satisfacción del cliente en tiempo y forma.

Esta piedra puede ser pequeña, mediana o grande, según el valor en términos relativos de cada empresa.

Afortunados los empresarios que por el giro, productos o servicios que no tienen cuentas por cobrar, en términos contables abrevian CXC; sus CXC=0 ¡Felicidades!

Para la gran mayoría si queremos vender un poco más, tenemos la alternativa, que muchas veces es por requerimientos del propio cliente, de dar crédito.

El crédito tiene un tiempo que se acuerda al inicio de la venta, si se cumple, ¡excelente!

La venta se cumplió en tiempo y forma, de lo contrario cuando no se cumple entonces se convierte en cuentas por cobrar, puede ser que solo transcurran unos días y se dé por pagada la cuenta en el mejor de los escenarios. Pero, si el cliente no paga a tiempo por determinadas razones el flujo de efectivo se altera y empiezan los problemas de liquidez.

¿Si el cliente no cumple en forma? Esto significa que la deuda en lugar de pagarla en  dinero ofrece pagar con algún bien mueble o inmueble.

Generalmente si no hay otra alternativa y debido a la necesidad de cobrar hay que aceptar; aquí aplica lo dicho ¡De lo pedido lo encontrado!

En el peor de los escenarios el cliente no paga, ni en tiempo ni en forma ¡Se Esconde!

Esta CXC se puede cobrar de 2 maneras:

1. Con paciencia e insistir con persistencia

2. Pedir apoyo legal, contratar a un abogado que nos ayude a cobrar

Sra. y Sr. empresario el punto de esta colaboración es hacer operaciones mercantiles con documentos, para que en caso de llegar a cuestiones legales, se cuente con los siguientes documentos.

Contrato de compra-venta. (opcional que incluya un pagaré)

Orden de compra o pedido

Factura firmada de recibido y aceptada la estrategia del producto o servicio

Adicionalmente pedir la acreditación de la persona física o moral, ya sea con identificación o fiscal y/o acta constitutiva de la empresa.

Comprobante domiciliario (validado)

Solución; si realmente vemos que ese crédito  sea dudoso, pedir un comprobante en el registro público de la propiedad de un bien inmueble que respalda la operación.

Estoy de acuerdo en que el empresario tome riesgos, pero que sean los menos apalabrados.

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